Carta que indica que el CNZFE no presenta objeción a que una empresa de zona franca realice el proceso de importación libre del pago de impuestos de productos que en su momento fueron exportados y que serán recibidos para ser corregidos o reprocesados y serán devueltos (si aplica), al lugar donde en su momento fueron exportados. En caso de que se vaya a exportar se debe realizar el proceso que existe actualmente de Autorización de Exportación.