Autorización a empresas de Zonas Francas y de la Ley 56-07 para adquirir fuel oil y gas natural utilizado en su proceso de producción, libre del pago de impuestos, por un período de 3 meses. En caso de ser su primera solicitud, la misma requerirá una inspección técnica de las instalaciones.
Procedimientos
- Registrarse en el Portal www.gob.do (Si ya esta registrado solamente tiene que ingresar con su usuario y su clave en Iniciar sesión para continuar).
- Completar el formulario con los datos solicitados.
- Adjuntar documentación requerida.
- Enviar solicitud.
- Realizar pago correspondiente.
Requerimientos o Requisitos
1- Carta de solicitud
2- La solicitud debe contener las siguientes informaciones:
- Código arancelario del producto
- Descripción del producto
- Unidad de medida del producto
- Cantidad solicitada del producto
- Cantidad de meses a solicitar (3 meses)
- La empresa de Zona Franca debe figurar en nuestro sistema con estatus operando.
- Comprobante de pago por concepto de Tramitación ante el Consejo Nacional de Zona Franca de Exportación
3- Toda la documentación debe ser depositada en idioma español o debidamente traducida a este idioma
Información Adicional
NOTA:
- En el caso de que su solicitud sea por primera vez, la misma requerirá una inspección técnica en las instalaciones. Por lo que adicionara cinco (5) días laborables al tiempo de entrega establecido.
- En aquellos casos que se requiera información de parte de la empresa, y no pueda establecerse contacto con la persona encargada, tampoco será tomada en consideración el tiempo de entrega establecido anteriormente, por lo cual recomendamos que en las referidas solicitudes se suministre el nombre de la persona a contactar en su empresa.
- Aquellas solicitudes tramitadas que contengan errores no serán consideradas para el tiempo establecido.
- Los pagos correspondientes a los costos de tramitación de solicitudes no serán reembolsables ni transferibles Ver Circular 5558.
- La vigencia de los pagos y servicios emitidos por este Consejo Nacional de Zonas Francas es de 45 días Ver Circular 2192.