Permiso de operación de parques de zonas francas

Toda solicitud debe ser acompañada de una comunicación en papel timbrado de la empresa solicitante, dirigida a la Dirección Ejecutiva del Consejo Nacional de Zonas Francas de Servicios, firmada por el Presidente y/o la persona debidamente autorizada por la empresa, indicando el número del Registro Nacional del Contribuyente (RNC), dirección, teléfono y fax de la misma.

Cuando se trate de empresas operando deber llevar además, el sello de la misma.

La misma debe ser depositada en las oficinas del Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación junto a los siguientes documentos:

  • Carta dirigida al CNZFE para que se le autorice desarrollar y operar un parque de zonas francas, al amparo de la Ley 8-90.
  • Estudio de factibilidad Técnico-Económico del proyecto.
  • Documentos constitutivos definitivos o preliminares de la empresa, indicando la relación de accionistas, nacionalidad y aportes.
  • Títulos de propiedad del (los) terreno(s) donde se instalará el proyecto, especificando la extensión superficial de la(s) parcela(s), así como sus colindancia(s), y una copia de los planos catastrales, en reducción, o contrato(s) arendamiento del (los) terreno(s) por un mínimo de quince (15) años.
  • Historial académico y de negocios de los principales ejecutivos que dirigen o dirigirán las operaciones de la compañía
  • Comprobante de pago (en el caso de que el pago se realice presencial o a través de transferencia bancaria).
  • Datos del depositante y de la persona que pueda suministrar información sobre la solicitud.

Para información adicional:

Departamento de Zonas Francas y Parques

Ing. Mario A. Rodríguez

Encargado

Tel. (809) 686-8077 Ext. 2104 y 2098