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Carta de No Objeción para Renovación o Perdida Carnet de ITBIS

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Descripción del servicio

Emisión carta dirigida al Ministerio de Hacienda informando que el CNZFE no tiene objeción a que se renueve el Carnet de Exención de ITBIS.

A quién va dirigido

Operadoras de Parques y Empresas de Zonas Francas

Departamento que lo ofrece

Departamento de Servicios al Usuario

Información de contacto

Tel.: (809) 686-8077
Correo: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Dirección: Ave. Leopoldo Navarro # 61, Edificio San Rafael, 5to Piso, Miraflores, Santo Domingo, R.D.

Requerimientos o requisitos

  • Carta de solicitud
  • Datos generales del solicitante (cedula para persona física, RNC para persona jurídica)
  • Las últimas tres (3) cotizaciones de la Tesoreria de la Seguridad Social (TSS)
  • Copia del carnet a renovar
  • Comprobante de pago (en el caso de que el pago se realice presencial o a través de transferencia bancaria).

Procedimientos a seguir

  • Registrarse en el Portal www.gob.do (Si ya esta registrado solamente tiene que ingresar con su usuario y su clave en Iniciar sesión para continuar).
  • Completar el formulario con los datos solicitados.
  • Adjuntar documentación requerida.
  • Enviar solicitud.
  • Realizar pago correspondiente.
    Si es presencial:
  • Carta de Solicitud y demás requisitos.
  • Realizar pago correspondiente.

Horario de prestación

De lunes a viernes, de 8:00 a.m. hasta 4:00 p.m

Costo

RD$ 12,000.00

Tiempo de realización

24hrs. laborables después de realizar el pago

Canal de Prestación

Presencial o Interactivo

Información adicional

 

NOTA:

  1. En aquellos casos que se requiera información de parte de la empresa, y no pueda establecerse contacto con la persona encargada, tampoco será tomada en consideración el tiempo de entrega establecido anteriormente, por lo cual recomendamos que en las referidas solicitudes se suministre el nombre de la persona a contactar en su empresa.
  2. Aquellas solicitudes tramitadas que contengan errores no serán consideradas para el tiempo establecido.
  3. Los pagos correspondientes a los costos de tramitación de solicitudes no serán reembolsables ni transferibles Ver Circular 5558.
  4. La vigencia de los pagos y servicios emitidos por este Consejo Nacional de Zonas Francas es de 45 días Ver Circular 2192

 

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