Descripción del servicio
Autorización otorgada por el Consejo Directivo del CNZFE para la instalación de las empresas de los sectores pertenecientes a la cadena textil, confección y accesorios, pieles, fabricación de calzados y manufactura de cuero, que quieran ser beneficiadas con las disposiciones de la Ley 56-07.
A quién va dirigido
Departamento que lo ofrece
Información de contacto
Requerimientos o requisitos
- Carta solicitud dirigida al Director Ejecutivo del CNZFE
- Depositar copia de los Documentos Constitutivos de la Empresa
- Copia del RNC de la Empresa
- Copia de título de Propiedad o Contrato de Arrendamiento del local y/o nave industrial donde opera la empresa
- Certificación de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) de que la misma no tiene compromisos pendientes con esa Institución
- Certificación de Dirección General de Aduanas (DGA) donde se hace constar que no tiene deuda pendiente con ese organismo
- Certificación de Tesorería de la Seguridad Social
- Formulario de Solicitud debidamente completado
- Comprobante de pago (en el caso de que el pago se realice presencial o a través de transferencia bancaria).
Nota.- En caso de que la empresa solicitante esté acogida a otro régimen aduanero especial deberá cerrar sus operaciones en el mismo y presentar constancia escrita de la institución encargada de administrar dicho régimen. Las empresas solicitantes podrán ser tanto empresas laborando como nuevos proyectos.
Procedimientos a seguir
Solicitar servicio mediante comunicación dirigida al director ejecutivo del CNZFE, en papel timbrado, firmada por el representante competente, sellada, y que contenga teléfonos, dirección, correo electrónico y RNC. Indicar el teléfono y correo de la persona encargada del seguimiento, en caso de no ser quien firma.
La solicitud debe ser depositada en las oficinas del Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación junto a los documentos requeridos.
Horario de prestación
De lunes a viernes, de 8:00 a.m. hasta 4:00 p.mCosto
RD$ 30,000.00Tiempo de realización
30 díasCanal de Prestación
Presencial o InteractivoInformación adicional
NOTA:
- En aquellos casos que se requiera información de parte de la empresa, y no pueda establecerse contacto con la persona encargada, tampoco será tomada en consideración el tiempo de entrega establecido anteriormente, por lo cual recomendamos que en las referidas solicitudes se suministre el nombre de la persona a contactar en su empresa.
- Aquellas solicitudes tramitadas que contengan errores no serán consideradas para el tiempo establecido.
- Los pagos correspondientes a los costos de tramitación de solicitudes no serán reembolsables ni transferibles Ver Circular 5558.
- La vigencia de los pagos y servicios emitidos por este Consejo Nacional de Zonas Francas es de 45 días Ver Circular 2192.